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Incentivos tributarios

Ingresando los datos que se solicitan en la Calculadora Pago Mínimo para Solicitar el Certificado UPME de Incentivos Tributarios, herramienta que se encuentra publicada en el portal web en el siguiente enlace:

Tag: General
Las memorias de los talleres de socialización para incentivos tributarios realizados en 2021 se encuentran publicados en el canal de youtube de la UPME en los siguientes enlaces:
   
Primer taller: 
   
Segundo taller: 
   
Tercer taller: 
   
Cuarto taller: 
Tag: General
El pago por concepto del servicio de evaluación de un proyecto para acceder a los incentivos tributarios se puede realizar a través del siguiente enlace:

Tag: General

La Resolución UPME No. 464 de 2021 establece en su artículo 4 que el requisito del pago de la tarifa se considera satisfecho “cuando en la solicitud se adjunte el comprobante de pago y se verifique por parte de la UPME que el valor cancelado corresponde al pago mínimo (…)”. Por comprobante de pago se entiende el comprobante de pago en línea que inicia con el encabezado “Transacción Aprobada “, donde se evidencia el número CUS, y que genera PSE después de realizar la transacción bancaria y retornar a la pasarela de pago. Este comprobante es remitido al correo vinculado a la cuenta de PSE.

Tag: General

La Resolución UPME 319 de 2022, establece en el parágrafo primero del artículo quinto lo siguiente: 

 
“Parágrafo primero. Si la solicitud se realiza a través de un apoderado se debe adjuntar el documento que acredite tal condición. Cuando el solicitante es una entidad territorial, se debe adjuntar copia del acta de posesión y el acto administrativo de nombramiento del representante legal. Cuando el solicitante sea una persona natural, adjuntar copia de la cédula. Cuando el solicitante sea una persona jurídica, adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento que haga sus veces.”
 
En este sentido, es importante tener en cuenta los documentos equivalentes que acreditan la representación legal, dependiendo la figura jurídica, en los siguientes términos: 
 
i) Sociedades mercantiles: Certificado de existencia y representación legal expedido por la respectiva cámara de comercio con vigencia menor a 30 días. 
ii) Propiedad horizontal: Copia del acta de la asamblea de copropietarios que nombra al representante legal y RUT actualizado. 
iii) Instituciones educativas: Certificado de existencia y representación legal expedido por el Ministerio de Educación Nacional.
iv) Entidades financieras: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia. 
v) Entidad pública: copia del acta de posesión y el acto administrativo de nombramiento del representante legal. 
vi) Los Cuando el solicitante sea una unión temporal o consorcio, debe adjuntar copia del documento de constitución, copia del acta de nombramiento del representante legal y el RUT actualizado.
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La condición mínima necesaria hace referencia a los requisitos establecidos por los artículos 4 y 5 de la Resolución UPME 319 de 2022. En este sentido, el nombre, el alcance, el Valor total en COP (Sin incluir IVA) y el Valor IVA en COP de cada uno de los servicios presentados en el formato debe coincidir con el nombre, el alcance y Valor total en COP (Sin incluir IVA) de los servicios presentados en los Soportes de “Oferta de Servicios” que se allegan. 

 
Si presenta un contrato llave en mano como soporte para los cuales solicita incentivos tenga en cuenta que no es suficiente que en éste se evidencie el valor total del servicio, por el contrario, cada una de las actividades que compone el servicio debe relacionar su Valor total en COP, según lo establecido por la circular UPME 042 de 2021. 
Tag: General

No, toda vez que le informamos que la UPME no se encuentra obligada a expedir factura por el pago de la tarifa para la evaluación de proyectos en FNCE y GEE, toda vez que el cobro de tasas no es objeto de la obligación de facturar electrónicamente, debido a que, si bien las mismas están precedidas de la prestación de un bien o servicio, este pago escapa a una venta o prestación de servicios con el carácter voluntario y comercial de qué trata el artículo 615 del Estatuto Tributario, ya que en realidad se configura como una imposición legal de pagar un tributo.

 
En relación con la copia del RUT, este se considera a sí mismo un documento clasificado, por contener información personal del representante legal, protegida bajo la Ley 1581 de 2012. Ahora bien, tratándose del RUT de una entidad pública y de conformidad con los conceptos que al respecto ha emitido la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, algunos de los datos contenidos en este se consideran públicos, como lo son la Identificación (NIT, Nombres y apellidos o Razón Social), la Clasificación de Actividad Económica – Códigos CIIU y datos de ubicación (correo electrónico, teléfono, dirección, municipio, departamento, país). 
 
Para el caso de la UPME, los datos son: 
Razón Social: Unidad de Planeación Minero-Energética 
NIT: 830000282 – 1 
Código CIIU – actividad económica: 8412 
Ubicación: Avenida Carrera 26 No. 69 D – 91 Torre 1 Oficina 901, Bogotá, DC. Colombia. Correo: info@upme.gov.co
Para mayor información sobre estos asuntos por favor consultar la Circular UPME 017 de 2022 a través del siguiente enlace:

Circular 017 de 2022

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No. La expresión “ítem” se refiere a un elemento de la misma referencia y de cada ítem es posible solicitar cantidades mayores a uno sin ningún límite.

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El parágrafo tercero del artículo 4 de la Resolución UPME 464 de 2021, establece lo siguiente: 

 
“PARÁGRAFO 3o. Parágrafo adicionado por el artículo 2 de la Resolución 289 de 2022. El nuevo texto es el siguiente: El pago mínimo de la tarifa se requiere para cada nueva solicitud de evaluación, por lo cual no se aceptan comprobantes de pagos realizados para otros procesos de evaluación, inclusive cuando versen sobre el mismo proyecto de FNCE o GEE pero la evaluación para la cual se realizó el pago inicialmente haya concluido con el archivo, rechazo, desistimiento tácito, o en caso de que no se certifique todos o alguno de los elementos incluidos en tal solicitud.”
 
En este sentido para cada nueva solicitud de evaluación se debe adjuntar un nuevo comprobante de pago, toda vez que no se aceptan comprobantes de pagos realizados para otros procesos de evaluación, inclusive cuando versen sobre el mismo proyecto de FNCE o GEE.
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No, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución UPME 464 de 2021, el requisito del pago de la tarifa se considera como satisfecho “cuando en la solicitud se adjunte el comprobante de pago y se verifique por parte de la UPME que el valor cancelado corresponde al pago mínimo (…)”.

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No, ningún pago es transferible, por lo que es necesario realizar un pago para cada una de las solicitudes teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución UPME 464 de 2021 sobre la aplicación de la tarifa.

Tag: General

No, el servicio del AIU no está incluido en las listas de bienes y servicios de la Resolución UPME 319 de 2022.

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No, el pago asociado a la tarifa es un requisito de Ley (Artículo 20 Ley 1955 de 2019) y por lo tanto, para el efecto la UPME no funge como proveedor de servicios.

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Fondos

Category: Fondos

De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Resolución UPME 319 de 2022, el solicitante debe entregar los catálogos, fichas técnicas o certificados de normas técnicas nacionales o internacionales que permitan validar la marca, referencia, fabricante, modelo y demás información técnica de los elementos, equipos y/o maquinaria que se reportan en el Formato No. 3. 

 
Ahora bien, en caso de que los bienes reportados sean fabricados a la medida se debe presentar ficha técnica, cotización o planos de diseño del proveedor que permita validar el cumplimiento de normas técnicas nacionales o internacionales.
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Secretaria General

Category: Secretaria General

Las vacantes de la planta de la Unidad de Planeación Minero Energética –  UPME, se publican en la sección “Trabaje con nosotros” en el siguiente vínculo : https://www1.upme.gov.co/Entornoinstitucional/TalentoHumano/OfertaEmpleo/Paginas/Trabaje-con-nosotros.aspx” target=”_blank”>https://www1.upme.gov.co/Entornoinstitucional/TalentoHumano/OfertaEmpleo/Paginas/Trabaje-con-nosotros.aspx

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Category: Secretaria General
La memoria de la audiencia pública de rendición de cuentas realizada por la UPME en 2021 se encuentra publicada en el canal de youtube de la UPME en el siguiente enlace:

Tag: General
Category: Secretaria General
La Resolución por medio de la cual se adoptó la política de servicio al ciudadano de la UPME es la 230 de 2021, y se encuentra publicada en el portal web de la entidad en el siguiente enlace:

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Category: Secretaria General
El seguimiento a las PQRS y demás correspondencia que  he radicado en la UPME, lo puedo realizar ingresando al micro-sitio  “Seguimiento PQRS” ubicado en el siguiente enlace: https://orfeo.upme.gov.co/consultaWeb/
Se debe tener presente que cada vez que se radica una PQR o cualquier otro tipo de correspondencia, recibo un número de radicado que contiene 14 dígitos y un código de verificación de 5 dígitos. Esta información deberá ingresarse al micro-sitio antes relacionado.

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Minería

Category: Minería
El Plan Nacional de Ordenamiento Minero – PNOM es un documento que brinda lineamientos de coordinación interinstitucional, estructura de la industria y fortalecimiento de los sistemas de información e innovación, con el propósito de buscar un aprovechamiento ordenado y responsable de los recursos mineros, promoviendo la conversión del capital minero en otras formas de capital que se traduzcan en mayor bienestar y desarrollo para las regiones productoras y para el país. El PNOM y sus documentos de soporte están disponibles desde el siguiente enlace:


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Trámites y servicios

¿El nuevo Sistema Único de Usuarios de la UPME permite la autogestión en línea de los siguientes trámites y servicios ante la UPME?

  • Cupos de Diesel exentos de sobretasa
  • Evaluación de proyectos – Fondos y mecanismos de apoyo financiero
  • Inscripción de proyectos de generación de energía eléctrica

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